Remate Judicial de Bienes Automotores en Uruguay
Expositor: Mario Molina, Tesorero de la ANRCI – Uruguay y Vocal de la Asociación Americana
Email: rematesmolina@gmail.com

ACTORES

  1. PODER JUDICIAL. JUECES
  2. REMATADOR.
  3. ACTOR
  4. DEUDOR

ACTORES
1. REMATADORES CONDICIONES

  • Titulo Habilitante
  • Inscripción vigente en el Registro Nacional de Rematadores.

DESIGNACION DEL REMATADOR
Dos opciones
1. PODER JUDICIAL
2. ACTOR (Juicio c/contrato de Prenda)


ACEPTACION DEL CARGO
Rematador designado debe:
1. Aceptar el cargo en el Expediente. Sede Judicial.
2. Fijar fecha y hora de la subasta.

PREPARACION DEL REMATE
1. Ampliación de Certificados
        a) Actos Personales
        b) Registro de Bienes Muebles(automotores).
        c) Registro de Comercio (Prenda).

2. Edictos
        Emplazamiento judicial realizado en la Prensa para la difusión de la subasta.
        Deberá contener los datos suficientes para su realización (lugar, fecha, hora, descripción del bien, base de remate, comisión e impuestos a cobrar, etc)

3. Publicaciones del Edicto
        La ley prevee que se publique en dos Diarios.
        Diario Oficial
        Diario de la ciudad donde se realiza la subasta (puede ser cualquier Diario)

4. Consulta de Deudas
        Municipales, Policia de Tránsito, Policia Caminera.

5. Publicidad
       Se deberá realizar la adecuada a la categoría del bien a subastar.

6.- Exhibición


ACTO DEL REMATE
1. Se procede a leer el Edicto. Es habitual que la Sede exija la presencia del Aguacil que la representa.

2. Se informa de las deudas del automotor.      

3. Se inicia el acto de la subasta.
En caso de tener base se comienza superando la misma. En caso contrario queda a juicio del rematador el valor para dar comienzo a la subasta. Será su responsabilidad que el mismo no sea considerado “precio vil”

4. Para dar por concluida la subasta, una vez recibida la última oferta el rematador deberá:
Mencionar en voz alta y clara en tres oportunidades la última oferta tomada.
A la tercera deberá bajar el martillo que es señal de concluída la subasta y cerrado el negocio. 

5. Acta de Remate
El aguacil de la Sede procede a realizar la misma. En la cual debe constar:
       - Monto obtenido en la subasta.
       - Datos del mejor postor.
       - Datos referentes al vehículo (padrón, n°   motor, etc.)
       - Consignación del pago total o seña.
En caso de que la Sede no haya designado aguacil esta acta deberá realizarse por el rematador actuante.

HONORARIOS
Los mismos se regulan por el Poder Judicial. Suprema Corte de Justicia.
            Al Expediente: 2%   + Impuestos.
            Comprador: 10% + Impuestos.

MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCION
Los esperamos en Uruguay para los 35 años de La Americana